***Espinal apuntó que en el momento de deducir una responsabilidad no será al partido sino al sujeto obligado porque la ley así lo establece y será el partido el que deberá deducir responsabilidades.
[su_heading]Tegucigalpa,Honduras[/su_heading]
Indicó que en el artículo 12 de mantiene la misma esencia de obligatoriedad de abrir una cuenta de banco del sujeto obligado, ya sea diputado, alcalde o aspirante a presidente.
“Se hizo la reforma para que se abra una cuenta a nombre del representante financiero de los sujetos obligados que es una figura que se venía estableciendo desde la ley anterior “, agregó.
En ese sentido, señaló que la democracia permite todo, pero hay varios caminos que para muchos no son bien vistos como caminos de democracia.
El artículo 12 dice que todos están sujetos abrir su cuenta, pero también dice que el sujeto obligado puede abrir la cuenta a nombre de su representante financiero, así que como se hizo la reforma al artículo ya le corresponde al CN.hondudiario/AB
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