*** Los negocios no pueden superar el 50 por ciento de la capacidad en sus instalaciones.
[su_heading]Tegucigalpa, Honduras[/su_heading]
El sistema financiero, supermercados y comercios en general, la atención a la población no deberá superar el 50 por ciento de la capacidad en sus instalaciones.
Asimismo, tienen prohibido para operar a nivel nacional los bares, discotecas, cines, gimnasios, teatros, complejos deportivos, centros de convenciones y centros educativos en sus niveles de primaria, secundaria y superior; así como reuniones en casas particulares de más de diez personas, salvo en los casos que ya hayan sido autorizados por Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager) para efectos de pilotaje.
Igualmente, el sector agroalimentario y agroquímico, y el personal de soporte técnico y administrativo del sistema bancario; para garantizar la producción y distribución de alimentos, industria de la maquila, mercados, supermercados, gasolineras, droguerías, farmacias y productos de bioseguridad, que trabajan turnos durante los siete días de la semana y por la noche, aeropuertos y personal de atención aeroportuaria. OB/Hondudiario