***Ley Orgánica del CN establece que cada diputado suplente será integrado siempre y cuando asista a las sesiones del Pleno.
[su_heading]Tegucigalpa, Honduras [/su_heading]
Además, el congresista presidente les recordó que es su obligación que al momento de que el diputado propietario se levante de su curul o que falta a una sesión, son ellos los obligados a suplirlos.
“No se justifica que si no está el diputado propietario este vacío el Curul y se rompa el quórum de la sesión, porque debe de estar el diputado suplente”, dijo.
El presidente Luis Redondo recordó que los congresistas no solamente están siendo observados también tienen un compromiso y un deber por el que les pagan por ello. GO/Hondudiario