*** El CNE determina por unanimidad de sus miembros aplicar las correcciones a los errores de transcripción identificados en 765 actas que permitirá que los resultados divulgados en el portal de divulgación de resultados para transparentar el proceso electoral.
El pleno de representantes de los Consejos Nacional Electoral (CNE), emitió un comunicado detallando la determinación de establecer un proceso para inspeccionar nuevamente unas 765 actas que presentan irregularidades, la acción toma por sorpresa a diferentes organismos que velan por la transparencia del proceso dada la cercanía de la declaratoria de elecciones prevista para este próximo 08 de abril del 2025.
“Por unanimidad de votos, el pleno del CNE ha determinado aplicar las correcciones a los errores de transcripción identificados”, señaló el comunicado del CNE, argumentando que dentro de la nueva disposición se encontraban cinco señalamientos observaciones.
«La auditoria externa realizada a la divulgación de resultados, se han identificado 765 actas con errores en la transcripción realizada por los miembros de Juntas Receptoras de Votos (JRV) el día de la elección y las Juntas Especiales de Verificación y Recuento (JEVR) durante el escrutinio especial.
Estas 765 actas representan el 1 por ciento del total de 75 mil 574 actas correspondientes a los tres niveles electivos de los tres partidos políticos que participaron en la elección primaria, y se desglosan de la siguiente manera:
Por unanimidad de votos, el pleno del CNE ha determinado aplicar las correcciones a los errores de transcripción identificados, lo que permitirá que los resultados divulgados reflejen fielmente el resultado manuscrito en las imágenes escaneadas de las actas físicas.
Esta corrección se iniciará el pasado sábado 5 de abril, a las 20:30 horas, en presencia de observadores de los movimientos internos de los partidos políticos participantes, así como de la auditoría externa, e iniciará haberse reflejado en la página de divulgación de resultados de forma gradual.
Aquellas actas que, posterior a la corrección de la transcripción, incumplan los requisitos de Ley establecidos en el artículo 269 numeral 5 de la Ley Electoral, y reglas de validación establecidas en los artículos 32 y 33 del Reglamento de Transmisión de Resultados Preliminares (TREP), Escrutinio General y Divulgación, serán sometidas a escrutinio especial conforme al Protocolo”, Hondudiario