viernes, mayo 2, 2025
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CSJ dictamina privación definitiva de bienes en contra Ebal Díaz

Tegucigalpa, Honduras

*** Corte de apelaciones de criminalidad organizada confirma incremento patrimonial no justificado de Ebal Díaz por más de 32 millones y medio de lempiras.

La Corte de Apelaciones con Competencia Nacional en materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción emitió una sentencia confirmando la sentencia emitida sobre la privación de dominio, en la cual declara que el titular de derecho Ebal Díaz, por no poder justificar el origen de L 32 millones 537 mil 274.3, disponiendo como consecuencia la privación de dominó de L 7 millones 045, mil 98.24 que pudieron ser asegurados, quedando un monto pendiente de recuperar L. 25 millones 492 mil 176.06.

“La parte resolutiva indica que se declara Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el apoderado legal de Díaz Lupián, segundo: Confirma la sentencia emitida por el Juzgado de Letras de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito en fecha veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro“, determinó en el escrito del Poder Juducial.

El Juez de letras, refiere que al realizar el estudio financiero del período 2017 al 2022, Ebal Díaz; resultó la integración de datos de instituciones públicas y privadas, durante los años indicados manejó un total de 32 millones 537 mil 274 lempiras que no tienen justificación de origen.

“Durante este tiempo. Gestionó múltiples cuentas bancarias, de las cuales siete quedaron activas en dichas cuentas, se encontraron fondos que pudieron ser asegurados por un total de 7 millones 45 mil 98 lempiras con 24 centavos, describió el togado“, describió en su comunicado del PJ.

Los Magistrados de Segunda Instancia que la protección constitucional al derecho a la propiedad no procede cuando la propiedad es obtenida a través de la lesión de bienes jurídicos o es destinada para la realización de actividades ilícitas. Con la acción de privación de dominio se logra la legítima protección del interés público, en beneficio de la sociedad, el bien común y la buena fe, mediante el desapoderamiento de bienes, productos, instrumentos o ganancias originadas. Obtenidas o derivadas en contravención a la ley.

“El Estado se encuentra plenamente legitimado para limitar o privar el dominio de un bien obtenido ilícitamente, destinado a actividades ilícitas o que sean producto o ganancias de estas, y recomponer así el orden social quebrantado con las actividades ilícitas“, explicaron en su resolución”, concluyó. HS/Hondudiario

 

 

 

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