*** Los exmagistrados presentaron una serie de propuestas para transparentar las elecciones generales en Honduras.
Los exmagistrados de Tribuna Supremo Electoral (TSE), presentaron una propuesta técnica para transparentar las elecciones generales en el cual dieron una serie de detalles sobre la biometría, transporte, centro logístico, seguridad entre otras cosas.
A continuación, la propuesta de manera íntegra.
Nosotros en nuestra condición de ciudadanos, que hemos desempeñado cargos públicos en materia electoral en la Institución que ahora se denomina Consejo Nacional Electoral, nos hemos reunido para realizar una valoración técnica de las elecciones primarias del pasado 09 de marzo y presentarla de manera general a la ciudadanía nacional y de manera particular, a los Consejeros del Consejo Nacional Electoral, a los partidos políticos representados en el Congreso Nacional, a los partidos políticos legalmente inscritos, a las organizaciones civiles y representación diplomática en el país, con el propósito de establecer las recomendaciones para la realización del evento comicial general del 30 de noviembre próximo.
Esta propuesta está motivada en la obligación de atender y reforzar la integridad electoral en las etapas preelectoral, electoral y postelectoral que garanticen la credibilidad de la gestión técnica y catalice la construcción de la confianza en los resultados electorales de las elecciones generales próximas.
Lectores biométricos
Los lectores biométricos como mecanismos de verificación del ciudadano elector, donde cualquier funcionamiento adicional a lo establecido en la normativa vigente, debe ser incorporado como reforma electoral para crear certidumbre en la observancia y aplicación de la ley, adicionalmente debe considerarse la eficiencia en el proceso general, sin causar demoras innecesarias que generen incertidumbre.
Los dispositivos electrónicos no deben ser manejados por representantes de ninguno de los partidos políticos legalmente inscritos. En este orden, se debe considerar la conformación de una Comisión ad-hoc. Caso contrario, el CNE debe obligatoriamente dar los cursos técnicos a las personas que los partidos designen para la actividad.
En relación con la resolución administrativa tomada para las elecciones primarias de que las actas donde no se aplicó el correcto uso del biométrico fuesen directamente a reconteo, se retorné a lo que la ley determina cómo válido contemplando el DNI, el cuaderno de votación y la presencia del ciudadano elector, donde la obligatoriedad del biométrico no es parte de lo contemplado en la ley en el marco de la legalidad de los procesos electorales.
Los estudiantes de las Universidades que no sean militantes de los partidos políticos deben ser las personas que desempeñen el cargo de custodios informáticos.
Se debe considerar como fecha máxima de entrega de los materiales y documentos electorales, no menos de 20 días de la fecha de realización de la elección general. El CNE debe establecer un mecanismo preciso de monitoreo, seguimiento y control del cumplimiento de los tiempos como una medida de previsión que evite los inconvenientes presentados en el Distrito Central y en San Pedro Sula, el pasado 09 de mayo de los corrientes.
El transporte
El Consejo Nacional Electoral debe revisar detenidamente el proyecto de transporte y todos los procedimientos eventuales de contratación externa, así como, la revisión de las coordinaciones relacionadas con el apoyo de las Fuerzas Armadas de Honduras.
Las rutas de transporte deben ser definidas con suficiente anticipación de 20 días antes del evento electoral y estar aprobadas por el pleno de consejeros.
En el caso de la responsabilidad de las Fuerzas Armadas deben revisar los protocolos de la seguridad interna en el CNE y las instalaciones habilitadas para la gestión logística.
De igual, deben revisar los protocolos de transporte, seguridad y custodia en los trayectos de ida- retorno desde el Centro Logístico Electoral hasta el Departamento de acuerdo con las rutas establecidas. El transporte debe contar con la instalación de GPS en cada unidad automotriz, para el seguimiento respectivo.
El centro logístico electoral (bodega electoral)
Se deben realizar las previsiones respectivas para que el denominado proyecto de «maquilado» de la maleta electoral se concluya con al menos, 15 días de anticipación a lo establecido como cumplimiento del cronograma electoral para las elecciones del 30 de noviembre del año en curso, cumpliendo con los protocolos de seguridad, incluyendo la RFID, la instalación de un GPS por maletas y la habilitación de la respectiva auditoría.
La seguridad interna
Revisar el protocolo de seguridad interna de las instalaciones que el CNE ocupa en las instalaciones del INFOP.
El CNE-Fuerzas Armadas
Las responsabilidades constitucionales para ambas entidades son indivisibles e irrenunciables. Desde el CNE, se deben corregir las prácticas activistas manifiestas durante el proceso primario al no abonar positivamente a cumplir con condiciones de la capacidad administrativa del proceso electoral como un componente de la integridad electoral. Y desde las Fuerzas Armadas se comprometan al cumplimiento de su función de apoyo electoral contemplada en el artículo 272 constitucional.
Es vital que antes del 29 de mayo la candidata presidencial oficialista y demás personas que en su condición de funcionarios públicos renuncien de sus cargos en el Despacho de la Secretaría de Defensa, en el Despacho de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en el Despacho de la Secretaría de Derechos Humanos y demás, en cumplimiento del artículo 240 constitucional.
La capacitación de la Junta Receptora de Votos
Debe retomarse la capacitación desde el CNE, conformando una red de instructores que capaciten a los representantes de los partidos políticos con la suficiente anticipación.
Publicación de las resoluciones y acceso a la prensa a las actividades logísticas del proceso electoral
Desde la Convocatoria a elecciones del próximo 29 de mayo, las actividades de gestión electoral deben cumplir con la máxima divulgación a través de los medios de comunicación.
En el caso de la impugnación de maletas electorales y reconteos administrativos con la amplía divulgación por televisión, medios impresos y radiales.
La aplicación de la normativa electoral
Regresar a la aplicación del espíritu de la ley electoral, donde todas aquellas resoluciones administrativas tomadas por el pleno de consejeros se ajustarse a la normativa vigente en materia constitucional, electoral y en materia penal con relación los delitos electorales. Salvo que las novedades se aprueben como reformas electorales. AB/Hondudiario