domingo, junio 15, 2025
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Cambio en Honduras: Más allá del tradicional e improductivo debate ideológico

Tegucigalpa, Honduras

Cambio en Honduras: Más allá del tradicional e improductivo debate ideológico

 *** RECUPERACIÓN DE SOBERANIA CIUDADANA Y CONSTRUCCIÓN DEL DISEÑO CONSTITUCIONAL DE VIDA EN VERDADERA SOCIEDAD DEMOCRATICA.

 Por: Dr. Roberto Herrera Cáceres

“…los pueblos americanos han dignificado la persona humana y sus constituciones nacionales reconocen que las instituciones jurídicas y políticas, rectoras de la vida en sociedad, tienen como fin principal la protección de los derechos esenciales (de la mujer y) del hombre y la creación de circunstancias que le permitan progresar espiritual y materialmente y alcanzar la felicidad”. Primer Considerando de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, 1948.

«Los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla. La democracia es esencial para el desarrollo social, político y económico de los pueblos de las Américas… El ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base del estado de derecho y los regímenes constitucionales…

La democracia representativa se refuerza y profundiza con la participación permanente, ética y responsable de la ciudadanía en un marco de legalidad conforme al respectivo orden constitucional…La democracia es indispensable para el ejercicio efectivo de las libertades fundamentales y los derechos humanos, en su carácter universal, indivisible e interdependiente, consagrados en las respectivas constituciones de los Estados y en los instrumentos interamericanos e internacionales de derechos humanos”.  Artículos 1, 2 y 3 de la Carta Democrática Interamericana, 2001.

Honduras se ha autodeterminado ya como Estado democrático con finalidad social y Estado de Derecho que obliga imperativamente, a gobernantes y gobernados, y nos guía democráticamente hacia una sociedad justa de respeto y protección de la dignidad humana y de fomento del bienestar común, por medio del desarrollo sostenible planificado, en condiciones de democracia, libertad, igualdad, paz, justicia social, seguridad humana y solidaridad. Preámbulo y arts. 1 y 59 Constitución de la República de Honduras, 1982.

En nuestro precedente artículo de opinión sobre la “Clase política” y crisis de democracia,  desarrollo y Estado Constitucional de Derecho”, se evidenció el comportamiento indebido de ciudadanos (as) que han integrado, en los correspondientes períodos, el Gobierno de Honduras sin sujetarse a su obligación de cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en las Constitución y leyes de Honduras y   han conducido el Estado por un camino diferente que ha dejado, a la sociedad hondureña, sometida a amenazas o males públicos persistentes, tales como: dictaduras o autocracias, subdesarrollo, pobreza, desprotección del consumidor y usuario, desplazamientos y migración forzada, violencia, delincuencia organizada y narcoactividad, tráfico de armas y de personas, corrupción, impunidad, degradación o deterioro del medio ambiente y de los ecosistemas y biodiversidad.   https://hondudiario.com/politica/clase-politica-y-crisis-de-democracia-desarrollo-y-estado-constitucional-de-derecho/

Camino desviado que ha vaciado de su fuerza a la normativa constitucional imperativa que dirige el ejercicio del poder público hacia la finalidad social suprema de afirmación y promoción de la dignidad humana, bienestar común del pueblo o sociedad y la protección del territorio y sus recursos. Vaciamiento que hicieron en beneficio de sus propios intereses y ambiciones personales, familiares o de grupos, atribuyendo, a la Constitución, un contenido y aplicación diferente e incompatible con los previstos constitucionalmente en función del fin supremo del Estado y la sociedad.

Por esos desviados comportamientos de la “clase política” que han históricamente afectado y debilitado la gobernabilidad y gobernanza del Estado democrático de Derecho en Honduras y han propiciado la injusta  realidad crítica del presente: nos encontramos en una crítica situación de pobreza y exclusión social de la mayoría de la población hondureña que, hasta la fecha, sigue estando privada de su derecho de subsistencia dentro del Estado para vivir en condiciones dignas y disfrutar de las libertades fundamentales y derechos humanos, incluyendo el derecho al desarrollo. A ello se agrega, entre otros males, los altos niveles de delincuencia y victimas en especial del crimen organizado y la corrupción cuyos perpetradores siguen teniendo un poder real dentro del Estado y la sociedad, y la casi totalidad de su institucionalidad.

Es de tener también presente la responsabilización política de nosotros la ciudadanía por falta de debida y constante participación en la gestión, control y rendición de cuentas de los asuntos públicos. Omisión o ausencia que explica también la reducción de los espacios y oportunidades sociales  y el ambiente favorable para esos males o amenazas que obstaculizan tanto la voluntad, participación y control ciudadanos de la gestión pública e intereses generales de la sociedad, como el ejercicio eficaz del poder ciudadano de convertir en realidad la construcción democrática del diseño de vida en sociedad democrática que nos determinamos constitucionalmente a hacer, por medio del desarrollo sostenible de nuestra Patria y el sometimiento de gobernados y gobernantes al Estado de Derecho.

En suma, esa injusta vida de la mayoría y esos males públicos que amenazan a todo el pueblo o sociedad hondureña, caracterizan un estado de cosas inconstitucional por ser contrarios al diseño normativo constitucional de la vida en sociedad democrática en Honduras que, siendo imperativo desde 1982, aún no es de aplicación efectiva. Por lo que, como ciudadanía hondureña, estamos obligados a que se produzca esa aplicación y a colaborar en su eficaz vigencia porque, como pueblo o sociedad, tenemos la titularidad de la soberanía y la libre determinación, así como del derecho a la realización verdadera de esa humanista construcción democrática para lograr el objetivo social supremo del Estado y pueblo o sociedad de Honduras.

Así sobresale la necesidad de restablecer el Estado de Derecho que es principio constitucional de Gobierno democrático en Honduras que somete al cumplimiento ineludible (por parte del Estado y de las personas que integran los gobiernos que lo gestionan, así como  de la sociedad en su conjunto, sus gremios, entidades, instituciones y cada uno (a) de los habitantes) sin ninguna excepción, de la Constitución y leyes compatibles en función del fin supremo del Estado y la sociedad.

Ante esta necesidad nacional y de cara al presente y porvenir de Honduras: se hace imprescindible la presencia soberana de la ciudadanía en unidad solidaria de acción reivindicando el respeto y aplicación debida de la Constitución de la República con el cumplimiento del diseño de la sociedad justa ahí prevista. Lo que permitirá superar la actual situación de crisis generalizada; eliminar, prevenir y evitar el surgimiento y empeoramiento futuro de otros males públicos y amenazas. https://hondudiario.com/criterio/gobernanza-y-gobernabilidad-en-honduras/

En consecuencia, es hoy obligado rectificar, haciendo lo necesario para que el pueblo o sociedad nos responsabilicemos más, activando colectivamente la titularidad individual de nuestro poder soberano y del derecho de libre determinación que es condición esencial para la eficaz garantía y observancia del disfrute efectivo de los derechos humanos y libertades fundamentales por parte de todos (as) los habitantes de Honduras y su bienestar, sin ninguna discriminación.

De manera consecuente, debemos ejercer el derecho a la participación ciudadana en los procesos democráticos y en la vida pública, con respeto el pluralismo de ideas dentro de nuestra democracia, debiendo luchar como pueblo solidario y contribuir a despejar e iluminar el camino que el Estado y la sociedad deban recorrer, como previsto y ordenado en la Constitución y en las normas y estándares internacionales de derechos humanos, en dirección al logro progresivo del objetivo supremo de la efectividad de la protección y promoción de la dignidad humana y del bienestar común de toda la población hondureña.

Hacia ese objetivo democrático de patriotismo constitucional, es importante recordar que cada hondureño y hondureña goza y debe disfrutar de sus derechos políticos que se expresan en derecho de elegir y ser elegido y derecho de participar en los asuntos públicos. Derecho que le corresponde también ejercerlo, como expresión de su dignidad humana y contribución al logro solidario del bien común, junto con los derechos de expresión, opinión, petición, asociación, reunión, manifestación y acceso a la información, entre otros. Es muy importante que toda la población o pueblo (mujeres y hombres de todas las edades, sin discriminación alguna) ejerzamos esos derechos porque son los detonantes más decisivos del pronto y democrático impulso eficaz del cambio o la transformación nacional.

En fin, como titular de la soberanía y libre determinación del pueblo es deber y derecho de la ciudadanía asegurar que los (as) hondureños construyamos juntos, en Honduras, el diseño constitucional de nuestra patria como una sociedad justa, con buenos y responsabilizados ciudadanos (as) que dirijan los gobiernos de nuestro Estado democrático orientado a proteger y promover la dignidad humana y el bienestar común del pueblo, por medio del desarrollo sostenible y el sometimiento de gobernados y gobernantes al Estado nacional e internacional de Derecho.

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