*** Según las investigaciones hechas con apoyo de la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), los resultados en la JRV 3135 el 9 de marzo, el movimiento Avanza obtuvo 315 votos.
La Unidad Especializada contra Delitos Electorales (UECD), presentó la primera línea de investigación en el caso relacionado a la anulación arbitraria de votos por miembros de la Junta Especial de Verificación y Recuento (JEVR), cuyo propósito era “perjudicar” al precandidato a alcalde del movimiento Avanza, para la corporación municipal de Namasigüe, Choluteca.
Se presentó requerimiento fiscal contra Balbino Andino Flores (capturado), Elvin Quiñónez Sánchez, Rosa Gattorno Durón y Heydi Sarahí Carranza Morales (capturada), miembros de la JEVR de la Junta Receptora de Votos (JRV) 3135, nivel electivo de Corporación Municipal de Namasigüe, por suponerlos responsables de Otros Delitos Electorales, inciso 17: Anulación de votos alegando causales no contempladas en la Ley Electoral en perjuicio de la Constitución de la República.
Según las investigaciones hechas con apoyo de la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), los resultados en la JRV 3135 el 9 de marzo, el movimiento Avanza obtuvo 315 votos.
El 4 de abril de 2025, tras el escrutinio especial ordenado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), los resultados fueron prácticamente ratificados.
Tres días después, en abierta ilegalidad, la Junta Especial de Verificación y Recuento realizó un nuevo escrutinio de la JRV 3135, donde anuló “arbitraria e injustificadamente” 111 votos al precandidato del movimiento Avanza.
La supuesta justificación para esta anulación masiva fue una “duda razonable”, argumento ajeno a la Ley Electoral, que solo permite declarar nulos los votos bajo causales específicas. Una posterior inspección de la maleta electoral confirmó que no existía motivo legal para invalidar dichos sufragios, “quedando en evidencia un grave atentado contra la voluntad popular y un perjuicio directo al precandidato del movimiento Avanza en Namasigüe”. AB/Hondudiario