miércoles, febrero 18, 2026
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Reforma que devuelve facultades administrativas al pleno de la CSJ no es un golpe institucional

Tegucigalpa, Honduras

*** La decisión busca restaurar la potestad del recurso humano a los quince magistrados.

El presidente del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, afirmó en las últimas horas que la reforma aprobada para devolver las facultades administrativas al pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no constituye un golpe institucional ni requería de mayoría calificada para su validación.

Zambrano explicó que la decisión busca restaurar la potestad del recurso humano a los quince magistrados y rechazó que la medida represente una acción violenta o un “golpe” contra la integridad del Poder Judicial.

“Nosotros no vamos a operar como operó el Congreso anterior, llegando a patadas, con golpes, a la fuerza y sin votos; eso sí fue un golpe a un poder del Estado”, dijo.

Recalcó que el pleno de la institución judicial mantuvo estas atribuciones desde el año 2002, pero que las mismas fueron modificadas posteriormente a través de diversas figuras legales transitorias.

Manifestó que la normativa original establecía que la “potestad exclusiva” para el manejo del personal recaía sobre el cuerpo colegiado de jueces y no únicamente sobre la figura de la presidencia.

“En la Constitución, inicialmente, la CSJ estaba conformada por nueve magistrados. En un Gobierno del Partido Liberal, antes del año 2002 se hizo una reforma Constitucional en la que se eleva a 15 magistrados, se nombra una junta nominadora, juntas de sociedad civil y establece que se debe enviar una nómina de 45. Se establece que la potestad exclusiva para el manejo del personal, del recurso humano, era del pleno de 15 magistrados”, expuso.

De la misma manera, indicó que entre los años 2002 y 2009 el manejo administrativo fue responsabilidad del “pleno de propietarios” bajo la gestión de Vilma Morales debido a que ese era el espíritu inicial de los legisladores.

El diputado recordó que tras la declaración de inconstitucionalidad del Consejo de la Judicatura en el año 2016 el control del personal permaneció de forma temporal en la presidencia de la Corte Suprema.

“Una vez integrado el Consejo, ni el pleno, ni la presidencia de la Corte, no volvió a manejar el tema de personal porque funcionó de 2013 a 2016 y por temas políticos se declara inconstitucional”, acentuó. OB/Hondudiario

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