InicioNACIONALESAbogado advierte posible orden de captura contra Roosevelt Hernándes por desobediencia

Abogado advierte posible orden de captura contra Roosevelt Hernándes por desobediencia

Tegucigalpa, Honduras

*** Al no presentarse a las citaciones para comparecer a las autoridades, estas mismas pueden tomar determinaciones al respecto.

El abogado Héctor Ponce, advirtió que las autoridades del Poder Judicial pueden abrir audiencia o cederle la decisión al Ministerio Público (MP), para que tome la determinación de emitir una orden de captura en contra del exjefe de las Fuerzas Armadas (FFAA), Roosevelt Hernández por no asistir a comparecer en el tema contra la libertad de prensa y periodistas.

Ponce explicó que si una persona fue citada en legal y debida forma para que pueda comparecer ante la presencia de un juez que conoce la causa y ese hace caso omiso o no acredita que efectivamente ha sido admitido un recurso extraordinario como es en un caso de amparo, el juez puede tomar la determinación de abrir la audiencia o cederle la palabra al MP para que se pronuncie sobre la incomparecencia “posiblemente injustificada” por el imputado.

“Definitivamente, si una persona ha sido citada en legal y debida forma para que pueda comparecer ante la presencia de un juez que está conociendo la causa y éste hace caso omiso o no acredita que efectivamente ha sido admitido un recurso extraordinario, como en este caso es un amparo, el juez puede tomar dos determinaciones, abrir la audiencia y cederle la palabra al Ministerio Público para que se pronuncie sobre esa incomparecencia posiblemente injustificada del imputado y éste pueda pedir conforme a derecho el libramiento de una orden de aprehensión o captura”, detalló el letrado.

Añadió que esa es una medida cautelar restrictiva de la libertad personal que está consignada en la norma procesal adjetiva y el juez deberá escuchar a la defensa para saber que argumentos establecen en la audiencia y así determinar si libra orden de captura.

“Lo que sí hay que tener muy claro es que cuando hay una citación de parte de una autoridad como es un rango de juez, tanto uno de apoderado legal como el mismo imputado deben de someterse a esa instrucción de un juez. Un juez es una alta autoridad del país y hay que acatar esas instrucciones”, opinó Ponce.

Si la defensa no logra acreditar de que ha sido admitido el recurso de amparo, hay que ver la esencia del recurso si fue competición de suspensión de un acto reclamado o no. “Y eso no logra aprobarse en esta audiencia, el juez tiene toda la potestad, todas las facultades bajo el principio de independencia de los jueces de tomar esa determinación, ya sea de ordenar la privación o el libramiento de esta orden de captura o dar un espacio prudencial teniendo en cuenta que las cortes pues tienen carga de trabajo y que probablemente por el exceso de trabajo”.

Concluyó diciendo sobre la privacidad del caso: “No es tanto que la pudiera hablar cualquiera o no, es saber si tiene o no la razón, eso le toca valorarlo en este recurso de amparo a la Corte de Apelaciones, saber si el Ministerio Público se equivocó en la acción penal a través del requerimiento haciendo uso de una acción penal pública, es decir de la persecución que el Estado debe darle a delitos de orden público o si el apoderado legal tiene la razón de determinar de que estas acciones debieron de ser conocidas a través del procedimiento de querella que son delitos de acción privada, que esto ya cambia el panorama porque pasa al tribunal y será un juez unipersonal el que conocería de una querella, esto es lo que tiene que valorar la Corte de Apelaciones”. AB/Hondudiario

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